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title: "CSG-CRDS y cotización de enfermedad del trabajador fronterizo: quién paga qué, y dónde se declara"
url: https://www.ibani.com/es/guias/csg-crds-trabajador-fronterizo-suiza
lang: es
date_modified: 2026-10-22
author: "Brice DELHOME"
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![Nómina suiza y declaración francesa unidas por dos recorridos de retención distintos](https://www.ibani.com/images/csg-crds-frontalier-suisse-cotisation-maladie.png)

# CSG-CRDS y cotización de enfermedad del trabajador fronterizo: quién paga qué, y dónde se declara

 Lectura: 14 minutos | **Actualizado: 22 de octubre de 2026**

Por [Brice DELHOME](https://www.ibani.com/es/autor/brice-delhome)

📌 En resumen: lo que paga y lo que no paga

-   **Su salario suizo no está sujeto a la CSG-CRDS.** La CSG sobre los rendimientos del trabajo afecta a las personas con domicilio fiscal en Francia *y* a cargo de un régimen obligatorio francés de seguro de enfermedad. Un salario abonado en Suiza a un trabajador fronterizo queda fuera de ese ámbito.
-   **Lo que la Urssaf le cobra, si ha optado por el seguro francés, no es la CSG**: es la cotización de enfermedad del trabajador fronterizo, **8 % en 2026**, tras una reducción del 25 % del límite anual de la seguridad social, es decir 12'015 euros.
-   **No se calcula sobre la renta fiscal de referencia.** La Urssaf escribe de forma expresa que la renta fiscal de referencia «no se tiene en cuenta en el cálculo» y «sirve únicamente como base de verificación». La base son sus salarios netos y sus demás rentas del penúltimo año, declarados individualmente.
-   **La CSG-CRDS vuelve por sus rentas del patrimonio:** 17,2 % en alquiler sin amueblar, 18,6 % en amueblado — o **solo un 7,5 %** si cumple las dos condiciones de la casilla 8SH. Sobre 12'000 euros de rentas de alquiler, la diferencia anual es de 1'164 euros.
-   **Dos deducciones, dos lugares.** La prima LAMal se deduce del salario suizo antes de su conversión en euros; la cotización de la Urssaf se deduce de la renta global, en la línea **6DD** de la 2042-C. El seguro complementario, nunca.

«¿Pago la CSG?» es una de las preguntas que más formulan los trabajadores fronterizos, y una de las peor atendidas, porque mezcla tres exacciones que no comparten ni base legal, ni base de cálculo, ni destinatario. Esta guía separa las tres: la **CSG-CRDS**, que no toca su salario suizo pero puede tocar su patrimonio francés; la **cotización de enfermedad del trabajador fronterizo**, que la Urssaf cobra si ha optado por la cobertura francesa; y la **prima LAMal**, si ha permanecido asegurado en Suiza. La elección entre estos dos últimos regímenes se trata en nuestra guía [seguro de salud del trabajador fronterizo: Suiza o país de residencia](https://www.ibani.com/es/guias/seguro-salud-trabajador-fronterizo); aquí examinamos lo que cuesta realmente cada uno y dónde se declara.

## 1\. ¿Por qué su salario suizo escapa a la CSG-CRDS?

Su salario suizo escapa a la CSG-CRDS porque usted queda fuera del ámbito de aplicación de la exacción: por su actividad asalariada, depende de la seguridad social suiza. La doctrina publicada en el boletín oficial de las finanzas públicas francesas es explícita: «*La contribución social generalizada (CSG) prevista en el artículo L. 136-1 del código de la seguridad social (CSS) se debe por los rendimientos del trabajo y las prestaciones sustitutivas percibidos por las personas con domicilio fiscal en Francia y a cargo de un régimen obligatorio francés de seguro de enfermedad.*» Las dos condiciones son acumulativas, y es la segunda la que marca toda la diferencia para un trabajador fronterizo.

### El principio que lo sostiene todo: solo se depende de una legislación social

El reglamento europeo n.º 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, aplicable a Suiza en virtud del acuerdo sobre la libre circulación de personas, establece en su artículo 11 un principio de unicidad: en un momento dado, una persona solo está sujeta a la legislación de un único Estado, en principio la de aquel en el que trabaja. Un residente en Francia empleado en Suiza depende, por tanto, de la seguridad social suiza por su actividad, y precisamente por eso sus cotizaciones AVS, AI y LPP se retienen en su nómina suiza y no en Francia.

Este principio tiene una consecuencia directa sobre la CSG: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió, en la sentencia *de Ruyter* (C-623/13), que la CSG y la CRDS, pese a su calificación de impuestos en el derecho interno francés, entran en el ámbito del reglamento en la medida en que contribuyen a financiar la seguridad social francesa. No pueden, por tanto, gravar a una persona que depende de otro sistema. El Consejo de Estado francés confirmó y amplió esa lectura, en particular en su decisión n.º 422780 de 1 de julio de 2019.

### ¿Y si he optado por el seguro de enfermedad francés?

Usted pasa entonces a estar afiliado al régimen general francés para su cobertura sanitaria, en virtud del artículo L380-3-1 del código de la seguridad social. Lo que la Urssaf le reclama cada año no es por ello la CSG: es una **cotización de seguro de enfermedad**, con su propio tipo y su propia base, detallados en la sección siguiente.

Un detalle del formulario de declaración de la Urssaf confirma que esta exacción no es la CSG. En la sección «otras rentas», la guía pide indicar los importes «*tras haber deducido el importe de la CSG*», porque esas rentas, de alquiler o de capital mobiliario, sí la soportan. En la sección «salarios» esa deducción no aparece por ninguna parte. Allí no hay nada que deducir.

**💡 Para recordar:** ninguno de los dos regímenes lleva a pagar la CSG-CRDS sobre el salario suizo. Lo que los distingue no es la CSG, sino el importe y el modo de cálculo de lo que paga por su cobertura sanitaria, y la suerte de sus rentas del patrimonio francés.

### Quién paga qué, según su situación

| Su situación | Sobre el salario suizo | Para la cobertura sanitaria | Sobre las rentas del patrimonio francés |
| --- | --- | --- | --- |
| Trabajador fronterizo que permanece en la **LAMal** (seguro suizo) | Ni CSG ni CRDS | Prima LAMal por persona asegurada, en francos | Solo exacción de solidaridad del 7,5 % (casillas 8SH / 8SI) |
| Trabajador fronterizo que ha optado por el **seguro de enfermedad francés** | Ni CSG ni CRDS | Cotización de enfermedad del 8 % a la Urssaf, en euros, con cobertura de los beneficiarios | Según la lectura estricta del formulario, las dos condiciones de la casilla 8SH no se cumplen — punto discutido, véase la sección 4 |
| Cónyuge empleado **en Francia** | CSG-CRDS ordinaria sobre su salario francés | Régimen general francés por su propio empleo | Tipo pleno, de ahí el reparto exigido a las parejas mixtas |
| Titular de una **pensión suiza** residente en Francia | No procede | Mismo derecho de opción, ejercido ante la Institución común LAMal | Depende del Estado que asuma la cobertura sanitaria |

## 2\. ¿Cuánto cuesta exactamente la cotización de enfermedad del trabajador fronterizo?

La cotización de enfermedad del trabajador fronterizo cuesta el 8 % de sus rentas del penúltimo año, tras una reducción de 12'015 euros en 2026. La Urssaf publica la fórmula, y no deja margen a la interpretación: **cotización = (base de cálculo − reducción del 25 % del límite de la seguridad social) × 8 % × número de días ÷ 365**. El importe de la base de cálculo y la cotización se redondean al euro más próximo.

Parámetros de 2026 de la cotización de enfermedad del trabajador fronterizo afiliado al seguro francés: tipo, límite de la seguridad social, reducción, año de rentas considerado y base de liquidación de oficio
| Parámetro | Valor 2026 | Precisión |
| --- | --- | --- |
| Tipo de cotización | **8 %** | Tipo en vigor desde el 1 de enero de 2016, tras un periodo transitorio al 6 % |
| Límite anual de la seguridad social | 48'060 euros | Orden de 22 de diciembre de 2025, aplicable a los periodos a partir del 1 de enero de 2026 |
| Reducción anual | **12'015 euros** | 25 % del límite anual, revalorizado cada año |
| Año de rentas considerado | 2024 para la cotización de 2026 | Siempre el penúltimo año: las rentas de 2025 servirán para la cotización de 2027 |
| Base de liquidación de oficio | 240'300 euros | Cinco veces el límite anual, aplicada a falta de declaración, más un 10 % de recargo en caso de regularización tardía |

### La base no es su renta fiscal de referencia

Es el error más extendido sobre este tema, incluso en contenidos por lo demás serios. La declaración anual que cumplimenta en su espacio de la Urssaf consta de tres secciones: salarios, pensiones y rentas netos; otras rentas; y la renta fiscal de referencia. La guía oficial precisa el papel de cada una: «*La suma de las dos primeras secciones sirve para el cálculo de su cotización. La renta fiscal de referencia no se tiene en cuenta en el cálculo de su cotización, sirve únicamente como base de verificación.*»

La diferencia no es teórica. La renta fiscal de referencia es un agregado de la *unidad familiar*, mientras que la declaración ante la Urssaf es **individual**: si su cónyuge también es trabajador fronterizo asegurado en Francia, cada uno declara sus propias rentas y cada uno obtiene su propia reducción de 12'015 euros. En cuanto a las rentas percibidas en común por la unidad familiar, la guía pide declarar la mitad.

### Lo que entra en la base y lo que sale de ella

| Sección | Debe incluirse | Debe deducirse |
| --- | --- | --- |
| Salarios, pensiones y rentas netos | La renta de su propia actividad, las pensiones alimenticias que percibe, los pagos de capital de previsión sujetos a la retención liberatoria, las horas extraordinarias estén o no exentas | Las pensiones alimenticias que abona a título personal, las cotizaciones abonadas a la Urssaf y consignadas como otras deducciones en su liquidación, la reducción por personas mayores |
| Otras rentas | Rentas netas de alquiler, rentas de capital mobiliario, rentas vitalicias a título oneroso netas, rendimientos de actividades empresariales y profesionales, ganancias patrimoniales por transmisión de valores o inmuebles | El importe de la CSG, los gastos de las rentas de capital mobiliario y las pérdidas por alquiler |
| Renta fiscal de referencia | El importe exacto que figura en su liquidación, sin corregirlo ni individualizarlo | Nada: esta sección no participa en el cálculo |

**💡 El círculo que nadie explica:** la cotización que abona a la Urssaf es deducible de su renta global en la casilla 6DD. Reduce, por tanto, su renta imponible y, como también debe deducirse de la sección «salarios» de su declaración ante la Urssaf, reduce mecánicamente su base de cotización dos años más tarde. Una cotización elevada hoy aligera la del año N+2.

### Simulador: su cotización de enfermedad de trabajador fronterizo

Este simulador aplica la fórmula oficial de la Urssaf, incluido el prorrateo por días de afiliación, útil en caso de incorporación o de fin de contrato a lo largo del año. Le permite comprobar una liquidación recibida o anticipar la del año próximo a partir de sus rentas del penúltimo año.

## 3\. Y si ha permanecido en la LAMal, ¿qué paga?

Si ha permanecido en la LAMal, paga una prima, y no una cotización: de 209 a 823 francos al mes por adulto residente en Francia en 2027, según la aseguradora, con la franquicia de 300 francos. La diferencia es estructural: la cotización francesa depende de sus rentas y cubre a sus beneficiarios sin recargo; la prima suiza no depende en absoluto de sus rentas, pero se debe **por persona asegurada**. La Oficina Federal de Salud Pública lo formula así: «*Toda persona que trabaje en Suiza, así como los miembros de su familia sin actividad lucrativa, deben suscribir allí un seguro de enfermedad.*» Un cónyuge que trabaja en Francia está cubierto por su propio empleo y no se ve afectado.

Los asegurados que residen en un Estado de la Unión Europea o de la AELC abonan las primas aplicables a su país de domicilio. Existe, por tanto, una tarifa de primas propia de Francia, aprobada cada año por la Oficina Federal de Salud Pública.

### Las primas de 2027 para los asegurados residentes en Francia

Esta es la tarifa oficial, para un adulto, con la franquicia básica de 300 francos y **sin cobertura de accidentes**: la variante que corresponde a un trabajador fronterizo por cuenta ajena, ya que el riesgo de accidente ya está cubierto por el seguro obligatorio de su empleador suizo.

Primas LAMal de 2027 de los asegurados residentes en Francia, por aseguradora: adulto, joven adulto de 19 a 25 años y niño, en francos al mes, sin cobertura de accidentes
| Aseguradora | Adulto (CHF / mes) | Joven adulto 19-25 | Niño |
| --- | --- | --- | --- |
| Helsana | **209.30** | 188.40 | 48.10 |
| SWICA | 237.80 | 178.30 | 59.50 |
| Groupe Mutuel | 345.40 | 276.40 | 115.20 |
| Assura | 439.90 | 426.70 | 139.80 |
| Vivao Sympany | 461.30 | 332.20 | 230.70 |
| Sanitas | 474.90 | 403.60 | 142.50 |
| Agrisano | 489.30 | 484.50 | 171.00 |
| ÖKK | 597.10 | 537.40 | 149.30 |
| CONCORDIA | 652.10 | 521.70 | 163.10 |
| CSS | 697.50 | 523.10 | 153.50 |
| Aquilana | 724.10 | 535.90 | 166.60 |
| Visana | 755.40 | 528.90 | 211.80 |
| KPT | **823.10** | 760.70 | 246.50 |

Primas mensuales en francos suizos para los asegurados residentes en Francia, año de primas 2027, seguro básico sin cobertura de accidentes, franquicia de 300 francos para adultos y jóvenes adultos, sin franquicia para los niños. Fuente: Oficina Federal de Salud Pública, resumen de las primas UE/AELC/UK 2027, publicado el 22 de octubre de 2026.

**⚠️ Casi cuatro veces más caro por la misma cobertura:** 209.30 francos en la más barata, 823.10 francos en la más cara, por un seguro básico cuyo contenido fija la ley y es estrictamente idéntico de una aseguradora a otra. En un año, la diferencia supera los 7'300 francos para un solo adulto. Ahora bien, no todas las aseguradoras aceptan todos los perfiles: compruebe la disponibilidad con la aseguradora antes de construir un cálculo sobre ello.

Tres palancas permiten rebajar la prima indicada arriba: la elección de la aseguradora, el nivel de franquicia y el modelo de seguro. Las hemos cuantificado, con el punto de equilibrio a partir del cual una franquicia elevada deja de compensar, en nuestra guía sobre [franquicia y modelos de seguro LAMal](https://www.ibani.com/es/guias/seguro-enfermedad-suizo-franquicia-modelos-telmed-hmo). Y si se pregunta qué reembolsa la LAMal cuando se trata al otro lado de la frontera, la respuesta está en la guía sobre [la cobertura LAMal y el formulario S1](https://www.ibani.com/es/guias/cobertura-lamal-francia-alemania-italia-formulario-s1).

## 4\. ¿Por qué vuelve la CSG-CRDS por sus rentas del patrimonio?

Porque la CSG no solo grava los rendimientos del trabajo. Grava también las rentas del patrimonio de fuente francesa —alquileres, rentas vitalicias, ganancias patrimoniales— y en ese terreno la regla de exención es más estrecha que para el salario. Si posee un piso alquilado en Alta Saboya o en el País de Gex, esta sección es la que más pesa en su presupuesto anual.

### Los tipos aplicables

| Naturaleza de la renta | CSG | CRDS | Exacción de solidaridad | Total |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| Alquiler sin amueblar | 9,2 % | 0,5 % | 7,5 % | **17,2 %** |
| Alquiler amueblado | 10,6 % | 0,5 % | 7,5 % | **18,6 %** |
| Exento de CSG-CRDS (casillas 8SH / 8SI) | — | — | 7,5 % | **7,5 %** |

La administración tributaria enuncia la regla así: «*Las rentas de alquiler percibidas por personas afiliadas a un régimen de seguro de enfermedad de un Estado del Espacio Económico Europeo, del Reino Unido o de Suiza y que no estén a cargo de un régimen obligatorio francés de seguridad social no están sujetas a la CSG ni a la CRDS sobre las rentas del patrimonio. En cambio, esas personas siguen debiendo la exacción de solidaridad al tipo del 7,5 %.*»

### Las dos condiciones de la casilla 8SH, y por qué no son equivalentes

La declaración complementaria 2042-C recoge palabra por palabra esas dos condiciones, bajo el epígrafe «Rentas del patrimonio exentas de CSG y CRDS»: «*Usted está afiliado a un régimen de seguro de enfermedad de un Estado del Espacio Económico Europeo, del Reino Unido o de Suiza y no está a cargo de un régimen obligatorio francés de seguridad social*», casilla **8SH** para el declarante 1, casilla **8SI** para el declarante 2.

Un trabajador fronterizo que ha permanecido en la LAMal cumple ambas sin discusión: está asegurado en Suiza y no está a cargo de ningún régimen francés. Un trabajador fronterizo que ha optado por el seguro de enfermedad francés cumple la primera pero no la segunda, ya que su afiliación al régimen general es precisamente lo que lo pone a cargo de un régimen obligatorio francés. Según la letra del formulario, no puede por tanto marcar la casilla.

**⚠️ Un punto discutido:** asociaciones de trabajadores fronterizos sostienen que esta lectura literal es cuestionable, por cuanto la afiliación francesa no es sino una excepción para la cobertura sanitaria y no sustrae al interesado de la seguridad social suiza, es decir en nombre del mismo principio de unicidad en el que se funda la exención. El debate no está resuelto de manera uniforme. Esta guía describe la regla tal como la formula la administración; si su situación lo aconseja, haga que su oficina tributaria se pronuncie sobre su caso antes de marcar o no la casilla.

### Parejas mixtas: el caso en que una sola casilla no basta

Es la configuración más frecuente del arco lemánico: uno trabaja en Ginebra, el otro en Annemasse o en Ferney-Voltaire. El formulario prevé entonces un reparto, y su redacción es inequívoca: «*Cumplimente las casillas siguientes únicamente si está casado o en pareja registrada y si solo uno de los dos cónyuges cumple la condición anterior.*» Hay que indicar entonces el importe de las rentas del patrimonio exentas en las casillas dedicadas, en particular **8RF** para las rentas de alquiler tras la reducción en régimen simplificado y **8RV** para las rentas vitalicias a título oneroso. Las rentas que siguen sujetas a las exacciones sociales se consignan en **8TQ** y siguientes.

Dos precisiones útiles: la afiliación se aprecia a 31 de diciembre del año de percepción de las rentas, y el reparto solo se efectúa en ese supuesto concreto: si ambos cónyuges cumplen la condición, basta con marcar las casillas 8SH y 8SI.

### Simulador: sus exacciones sociales sobre las rentas del patrimonio

Este simulador compara lo que debe según cumpla o no las dos condiciones de la casilla 8SH. No prejuzga su situación: cuantifica lo que está en juego, para que sepa de qué se trata antes de plantear la pregunta a su oficina tributaria.

La exacción de solidaridad del 7,5 % se debe en todos los casos. Los tipos aplicados son los vigentes en 2026 para las rentas del patrimonio: 17,2 % en alquiler sin amueblar, 18,6 % en alquiler amueblado, 17,2 % para las demás rentas del patrimonio. El cálculo se refiere a las rentas netas, es decir tras la reducción en régimen simplificado o tras deducir los gastos en régimen real.

## 5\. ¿Dónde declarar la prima LAMal y la cotización de la Urssaf, y cuándo marcar la casilla 8SH?

La prima LAMal se deduce del salario suizo, la cotización de la Urssaf se declara en la línea 6DD de la 2042-C y la exención de CSG-CRDS sobre el patrimonio se marca en las casillas 8SH y 8SI. Tres importes, tres lugares distintos, y un error de casilla puede costar varios cientos de euros de impuesto. La administración tributaria distingue claramente la suerte de la prima suiza y la de la cotización francesa: «*La cotización suiza a la LAMal es deducible de la renta de la categoría, es decir directamente del importe de su salario o pensión de fuente suiza*», mientras que «*la cotización abonada al Servicio de los Trabajadores Fronterizos en Suiza (URSSAF/STFS) es en cambio deducible de su renta global y debe consignarse en la línea 6DD «Deducciones diversas» de su declaración de conjunto de rentas (formulario 2042-C)*».

| Lo que paga | ¿Deducible? | Dónde y cómo |
| --- | --- | --- |
| Prima LAMal (seguro básico suizo) | Sí, de la renta de la categoría | Deducida del salario o de la pensión de fuente suiza, **antes de convertir esa renta en euros**, en la declaración de rentas obtenidas en el extranjero |
| Cotización de enfermedad del trabajador fronterizo (Urssaf / CNTFS) | Sí, de la renta global | Línea **6DD** «otras deducciones» de la 2042-C, precisando la naturaleza de la deducción en el campo previsto |
| Seguro complementario, mutua, seguro privado | **Nunca** | «*Las cuotas de un seguro de salud complementario nunca son deducibles, se abonen en Francia o en el extranjero.*» |
| Rentas del patrimonio exentas de CSG-CRDS | No procede | Casillas **8SH** y **8SI** que marcar, después 8RF y 8RV para el reparto en parejas mixtas; 8TQ para las rentas que siguen sujetas |

La línea 6DD se titula «otras deducciones» y figura en el apartado de las deducciones previstas en los artículos 156, II y 156 bis del código general de impuestos francés. Justo debajo, el formulario prevé un campo «Naturaleza de las deducciones»: indique allí expresamente la cotización de enfermedad del trabajador fronterizo, pues de lo contrario la deducción puede cuestionarse. Para las demás deducciones a las que puede acogerse un trabajador fronterizo, y para el crédito fiscal que neutraliza la doble imposición, consulte nuestra guía de [deducciones fiscales del trabajador fronterizo](https://www.ibani.com/es/guias/deducciones-fiscales-trabajadores-fronterizos-suiza), así como la guía general de [impuestos del trabajador fronterizo](https://www.ibani.com/es/guias/impuestos-trabajador-fronterizo-suiza).

## 6\. ¿Qué cambia cuando cambia su situación?

Una incorporación a un empleo o el fin de un contrato a lo largo del año modifica el importe de la cotización, y el paso a la jubilación reabre, para los titulares de una pensión suiza, la elección entre el seguro suizo y el francés. Al incorporarse a un empleo en Suiza, ese derecho de opción se ejerce en los **tres meses** siguientes al inicio de su actividad en Suiza. Sin gestión alguna por su parte, queda afiliado automáticamente al seguro de enfermedad suizo. La solicitud pasa por el formulario «Elección del sistema de seguro de enfermedad», que entrega primero a la caja del seguro de enfermedad de su lugar de residencia y después, una vez sellado, a la autoridad cantonal competente del cantón en el que trabaja.

Atención a cómo le vincula esa elección. La Urssaf lo formula con precisión: «*Si opta por el seguro de enfermedad francés y es asalariado, no podrá cambiar al seguro de enfermedad suizo durante toda la duración de su contrato de trabajo.*» Las condiciones en las que un cambio de situación reabre efectivamente esa elección se detallan en nuestra guía específica: [cambiar de seguro de enfermedad siendo trabajador fronterizo](https://www.ibani.com/es/guias/cambiar-seguro-enfermedad-fronterizo-lamal-cmu).

| Acontecimiento | Efecto sobre lo que paga |
| --- | --- |
| Incorporación a lo largo del año | La cotización se prorratea por el número de días trabajados en Suiza, dividido por 365 |
| Fin de contrato a lo largo del año | Mismo prorrateo; comunique el cambio de situación a la Urssaf para evitar una cotización calculada sobre el año entero |
| Primer año de actividad | La base se apoya en las rentas del penúltimo año, a menudo rentas francesas inferiores al nuevo salario suizo: la cotización aumenta mecánicamente dos años después |
| Matrimonio, nacimiento, divorcio | Gestiones ante la caja del seguro de enfermedad para incorporar o dar de baja a los beneficiarios; sin efecto sobre el tipo, pero con efecto sobre la cobertura |
| Paso a la jubilación | Se abre un nuevo derecho de opción para los titulares de una pensión suiza, ejercido esta vez ante la Institución común LAMal |
| Venta de un inmueble, ganancia extraordinaria | La ganancia entra en la sección «otras rentas» de su declaración ante la Urssaf, y por tanto en la base de cotización del año N+2 |

**💡 La trampa del tercer año:** un trabajador fronterizo que empieza su actividad llega con dos años de rentas francesas modestas. Su cotización de los dos primeros años es por ello baja, a veces nula tras la reducción. El tercer año la base pasa a su salario suizo íntegro y la factura puede multiplicarse por tres o por cuatro de golpe. No es un error de la Urssaf: es el desfase de dos años que produce su efecto.

## 7\. ¿Por qué la cotización de la Urssaf añade un coste de cambio?

La **cotización de la Urssaf se paga en euros**, mientras que su salario se abona en francos: cada año hay que convertir, y esa conversión tiene un coste. La **prima LAMal se paga en francos suizos**, la misma moneda que su salario: no hace falta conversión alguna, el dinero nunca cruza la frontera monetaria. Esta diferencia práctica entre ambos regímenes no aparece en ninguna tarifa.

El orden de magnitud es fácil de fijar. Para 72'000 euros de rentas declaradas, la cotización anual se acerca a 4'800 euros. Una diferencia de punto y medio entre el tipo interbancario y el tipo aplicado por su intermediario representa unos 72 euros al año solo en esa línea: modesta frente a los 9,7 puntos que se juegan en las rentas de alquiler, pero que se suma a la misma diferencia soportada cada mes sobre el propio salario. Es el tema de nuestra guía sobre [transferir su salario suizo al extranjero](https://www.ibani.com/es/guias/transferir-salario-suizo-al-extranjero), y puede seguir el tipo en tiempo real en nuestro [convertidor CHF-EUR](https://www.ibani.com/es/convertidor-de-divisas/tipo-chf-a-eur).

[ibani](https://www.ibani.com/es/app) es un intermediario financiero ginebrino especializado en transferencias entre Suiza y la zona euro, con un IBAN suizo nominativo: el salario llega en francos, la conversión se hace en el momento elegido y la transferencia sale hacia la cuenta en euros que pagará a la Urssaf. Nuestra [página de servicio para trabajadores fronterizos](https://www.ibani.com/es/trabajadores-fronterizos) detalla su funcionamiento.

## 8\. Preguntas frecuentes

No sobre su salario suizo. Según la administración tributaria francesa, la CSG debida por los rendimientos del trabajo afecta a las personas con domicilio fiscal en Francia y a cargo de un régimen obligatorio francés de seguro de enfermedad. El trabajador fronterizo que ha permanecido en el seguro básico suizo LAMal no cumple esa segunda condición. Quien ha optado por el seguro de enfermedad francés paga la cotización de enfermedad del trabajador fronterizo del 8 % prevista en el artículo L380-3-1 del código de la seguridad social francés, que es una cotización y no la CSG. En cambio, la CSG y la CRDS pueden volver sobre las rentas del patrimonio de fuente francesa.

La fórmula publicada por la Urssaf es la siguiente: cotización igual a la base de cálculo, menos una reducción del 25 % del límite anual de la seguridad social, multiplicada por 8 %, multiplicada por el número de días de afiliación y dividida por 365. El tipo es del 8 % en 2026. Como el límite anual se fija en 48'060 euros para 2026, la reducción asciende a 12'015 euros. La base está formada por las rentas percibidas en el penúltimo año: la cotización de 2026 se basa en las rentas de 2024, la de 2027 en las de 2025.

No, contrariamente a una idea muy extendida. La guía oficial de la declaración publicada por la Urssaf es explícita: la suma de las dos primeras secciones de la declaración, es decir los salarios netos y las demás rentas, sirve para calcular la cotización, mientras que la renta fiscal de referencia no se tiene en cuenta en el cálculo y sirve únicamente como base de verificación. La declaración es además individual: si ambos cónyuges son trabajadores fronterizos asegurados en Francia, cada uno declara sus propias rentas, y las rentas percibidas en común por la unidad familiar se declaran por mitades.

En la línea 6DD de la declaración complementaria 2042-C, titulada otras deducciones, indicando la naturaleza de la deducción en el campo previsto. La administración tributaria precisa que la cotización abonada al servicio de los trabajadores fronterizos en Suiza es deducible de la renta global. La prima LAMal recibe otro trato: es deducible de la renta de la categoría, es decir directamente del importe del salario o de la pensión de fuente suiza, antes de convertir esa renta en euros. Las cuotas de un seguro de salud complementario nunca son deducibles.

La casilla 8SH de la declaración 2042-C, sección 8 Divers, se dirige a quien está afiliado a un régimen de seguro de enfermedad de un Estado del Espacio Económico Europeo, del Reino Unido o de Suiza y no está a cargo de un régimen obligatorio francés de seguridad social. Las dos condiciones son acumulativas. El trabajador fronterizo que ha permanecido en la LAMal las cumple y sus rentas del patrimonio escapan a la CSG y a la CRDS, quedando debida únicamente la exacción de solidaridad del 7,5 %. La casilla 8SI corresponde al declarante 2. Para el trabajador fronterizo que ha optado por el seguro de enfermedad francés la cuestión es más discutida: según la letra del formulario está a cargo de un régimen francés y no cumple por tanto la segunda condición, pero esa lectura es impugnada por asociaciones de trabajadores fronterizos, y la guía le dedica una sección. Si está casado o en pareja registrada y solo uno de los dos cumple la condición, el formulario exige repartir las rentas afectadas en las casillas siguientes, en particular 8RF para las rentas de alquiler.

El tipo ordinario es del 17,2 % en alquiler sin amueblar, compuesto por un 9,2 % de CSG, un 0,5 % de CRDS y un 7,5 % de exacción de solidaridad, y del 18,6 % en alquiler amueblado, donde la CSG sube al 10,6 %. Las personas afiliadas a un régimen de seguro de enfermedad de un Estado del Espacio Económico Europeo, del Reino Unido o de Suiza y que no estén a cargo de un régimen obligatorio francés de seguridad social no están sujetas a la CSG ni a la CRDS sobre las rentas del patrimonio, pero siguen debiendo la exacción de solidaridad del 7,5 %. La diferencia es, por tanto, de 9,7 puntos en alquiler sin amueblar.

La prima no depende de la renta sino de la aseguradora, del tramo de edad y del país de residencia, y se debe por persona asegurada. Para los asegurados residentes en Francia, las primas de 2027 aprobadas por la Oficina Federal de Salud Pública van, para un adulto con la franquicia básica de 300 francos y sin cobertura de accidentes, de 209.30 francos a 823.10 francos al mes según la aseguradora, y la más cara cuesta casi cuatro veces lo que la más barata, para una cobertura básica legalmente idéntica. Los familiares sin actividad lucrativa deben asegurarse por separado, cada uno con su propia prima.

La cotización se calcula de oficio sobre una base a tanto alzado igual a cinco veces el límite anual de la seguridad social, es decir 240'300 euros en 2026. Aplicado el tipo del 8 % tras la reducción, esa base da una cotización anual de unos 18'263 euros. Si se declara más tarde, se efectúa un nuevo cálculo sobre la base de las rentas realmente declaradas, pero se aplica entonces un recargo del 10 % sobre esa base por declaración fuera de plazo.

**Advertencia:** esta guía describe el derecho y las escalas en vigor a 16 de septiembre de 2026; las primas LAMal indicadas son las de 2027, publicadas por la Oficina Federal de Salud Pública el 22 de octubre de 2026. Tipos, límites y denominaciones de las casillas se revalorizan o modifican cada año, y la situación de cada persona depende de su afiliación real, de su régimen matrimonial y de la naturaleza de sus rentas. Esta información se facilita a título indicativo y no constituye asesoramiento fiscal, ni asesoramiento jurídico, ni asesoramiento en materia de seguros, ni recomendación alguna en materia de cambio de divisas. Haga confirmar su situación por su oficina tributaria, por su caja del seguro de enfermedad y por la Urssaf antes de emprender cualquier gestión.

**Metodología y fuentes:** el ámbito de aplicación de la CSG sobre los rendimientos del trabajo es el enunciado por el boletín oficial de las finanzas públicas francesas, [BOI-RSA-BASE-30-30](https://bofip.impots.gouv.fr/bofip/5658-PGP.html/identifiant=BOI-RSA-BASE-30-30-20170724), sobre la base del artículo L136-1 del código de la seguridad social. El tipo del 8 %, la fórmula de cálculo, la reducción del 25 % del límite anual, la base de liquidación de oficio y el recargo del 10 % proceden de la página [Urssaf, declarar y pagar su cotización](https://www.urssaf.fr/accueil/particulier/travailleur-frontalier-suisse/declarer-payer-cotisations.html). El papel exacto de las tres secciones de la declaración, la regla de la declaración individual y el reparto por mitades de las rentas comunes proceden de la [ficha práctica de la Urssaf sobre la declaración de rentas](https://www.urssaf.fr/files/live/sites/urssaffr/files/modes-emploi/Frontalier%20en%20Suisse/FrontaliersSuisse-Fiche-DeclarationRevenus.pdf). Las modalidades del derecho de opción, el plazo de tres meses y el compromiso por la duración del contrato de trabajo proceden de la página [Urssaf, elegir su seguro de enfermedad](https://www.urssaf.fr/accueil/particulier/travailleur-frontalier-suisse/assurance-maladie-france-suisse.html) y de la página [ameli para los trabajadores fronterizos en Suiza](https://www.ameli.fr/assure/droits-demarches/europe-international/travailleur-frontalier-suisse). El cierre de la opción de seguro privado el 1 de junio de 2014 y el fundamento en el artículo L380-3-1 del código de la seguridad social están documentados por el [Cleiss](https://www.cleiss.fr/actu/2014/1406frontaliers.html), que cita el decreto n.º 2014-517 de 22 de mayo de 2014. El límite anual de la seguridad social de 48'060 euros para 2026 resulta de la [orden de 22 de diciembre de 2025](https://www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000053143451). Los tipos del 17,2 % y del 18,6 %, la condición de exención y el mantenimiento de la exacción de solidaridad al 7,5 % se citan de la página [impots.gouv.fr sobre las exacciones sociales de las rentas de alquiler](https://www.impots.gouv.fr/particulier/questions/je-donne-un-bien-en-location-dois-je-payer-des-prelevements-sociaux). Las denominaciones de las casillas 8SH, 8SI, 8RF, 8RV y 8TQ, así como la regla de reparto de las parejas mixtas, se han tomado del [formulario 2042-C de las rentas de 2025](https://www.impots.gouv.fr/sites/default/files/formulaires/2042/2026/2042_5472.pdf). El tratamiento respectivo de la prima LAMal y de la cotización de la Urssaf es el publicado por [impots.gouv.fr](https://www.impots.gouv.fr/international-particulier/questions/comment-deduire-mes-cotisations-dassurance-maladie-de-mes). La obligación de asegurar a los familiares sin actividad lucrativa y el principio de las primas del país de domicilio proceden de la [Oficina Federal de Salud Pública](https://www.bag.admin.ch/fr/assurance-maladie-travailleurs-frontaliers-en-suisse). Las primas de 2027 por aseguradora para los asegurados residentes en Francia se han extraído del resumen de las primas UE/AELC/UK publicado por [Priminfo, portal oficial de la Oficina Federal de Salud Pública](https://www.priminfo.admin.ch/downloads/gesamtbericht_eu-2027.pdf), el 22 de octubre de 2026. La jurisprudencia citada es la sentencia de Ruyter del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (C-623/13) y la decisión del Consejo de Estado francés n.º 422780 de 1 de julio de 2019, recogidas por el [Cleiss](https://www.cleiss.fr/actu/2019/1907-conseil-etat-applique-jurisprudence-europeenne-de-ruyter.html).

## ¿Un salario en francos y cotizaciones en euros?

Nuestro equipo con sede en Ginebra acompaña a los trabajadores fronterizos que reciben su salario en francos suizos y deben abonar sus cargas en euros. Un intermediario financiero auditado por su actividad, afiliado a SO-FIT (OAR).

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