Un salario llegado del extranjero, y la totalidad de las cotizaciones sociales suizas posada sobre los hombros del trabajador

ANobAG: trabajar en Suiza para un empleador extranjero y pagar uno mismo sus cotizaciones

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Por Brice DELHOME

📌 En resumen: la obligación de cotizar cambia de bando
  • Usted es asalariado, pero es quien cotiza. Cuando el empleador no tiene ni sede ni establecimiento permanente en Suiza, no está afiliado aquí como empleador. Es usted quien se afilia a una caja de compensación cantonal.
  • Paga el doble. El 12,8 % del salario hasta 148'200 francos para la vejez, la invalidez, la pérdida de ganancia y el desempleo, allí donde un asalariado ordinario solo soporta el 6,4 %. A ello se añaden los gastos de administración y las cotizaciones cantonales, empezando por las asignaciones familiares.
  • El país del empleador decide el resto. Si está establecido en la UE o en la AELC y usted es nacional suizo, de la UE o de la AELC, sigue siendo legalmente deudor y la previsión profesional sigue siendo obligatoria. Establecido en un tercer Estado, sale del sistema: se acabó el 2.º pilar obligatorio.
  • El accidente es cosa suya. La cobertura obligatoria existe, pero el contrato no se firma solo: según el caso, le toca a usted suscribirlo ante la Suva o ante una aseguradora autorizada.
  • Un salario en euros, facturas trimestrales en francos. La caja factura en francos suizos cuatro veces al año, sobre una estimación de sus ingresos. La conversión se convierte en una línea de presupuesto por derecho propio.

Usted vive en Suiza, es asalariado de una sociedad que aquí no tiene ni oficina ni filial, y su primera nómina no se parece a nada conocido: ninguna retención social. La explicación cabe en unas siglas administrativas, ANobAG, y en un desplazamiento de responsabilidad: cuando el empleador no está obligado a cotizar, la obligación no desaparece, recae sobre usted. Esta guía cifra lo que debe realmente, muestra por qué el país de establecimiento de su empleador cambia la respuesta de arriba abajo, e indica qué puede pedirle que asuma.

1. ¿Qué es un ANobAG y cómo se sabe que uno lo es?

Un ANobAG es una persona asalariada cuyo empleador no tiene ni sede ni establecimiento permanente en Suiza y, por tanto, no está afiliado aquí como empleador: saber si sigue obligado a cotizar depende del país en el que está establecido, cuestión tratada en el capítulo siguiente. Las siglas vienen del alemán Arbeitnehmende ohne beitragspflichtigen Arbeitgeber, literalmente «asalariados sin empleador obligado a cotizar». La categoría alcanza también a las personas empleadas por una embajada o un consulado extranjeros.

Usted sigue siendo asalariado, no es un estatuto de autónomo

Conviene decirlo de entrada, porque la confusión es frecuente y cara. Usted no es autónomo: tiene un contrato de trabajo, un vínculo de subordinación, un empleador. Lo que se desplaza es, ante todo, la carga de liquidar y abonar las cotizaciones a la caja; según el país en el que esté establecido el empleador, la carga económica de las cotizaciones puede seguir el mismo camino. El estatuto de autónomo obedece a reglas totalmente distintas y no basta con declararse autónomo — nuestra guía ser freelance en Suiza explica por qué.

Tres indicios concordantes deben alertarle desde la contratación: su empleador no tiene número de afiliado al seguro de vejez, su salario se le abona en bruto, sin ninguna retención social, y nadie le ha pedido un certificado de seguro ni el nombre de una caja de pensiones. Si se dan los tres, es muy probable que se encuentre en este caso, y el reloj ya corre: las cotizaciones se deben desde el primer día de actividad, no desde el día en que usted descubre el mecanismo.

2. ¿Por qué el país de su empleador lo decide todo?

Porque detrás de las mismas siglas se esconden dos regímenes muy distintos, y la frontera pasa entre la UE o la AELC por un lado y el resto del mundo por otro, sin perjuicio de los convenios bilaterales de seguridad social celebrados con determinados Estados, que pueden modificar la legislación aplicable.

Empleador establecido en la UE o en la AELC

Está sometido al derecho suizo de la seguridad social en virtud del reglamento (CE) n.º 883/2004. Las cotizaciones de vejez, invalidez, pérdida de ganancia, desempleo y asignaciones familiares se recaudan según las reglas aplicables a los empleadores. Dicho de otro modo, sigue siendo el deudor: lo que cambia es que puede confiarle a usted la liquidación. La condición tiene que ver con su nacionalidad y con su sujeción al seguro: debe ser nacional suizo o de un Estado de la UE o de la AELC, y estar obligatoriamente asegurado por razón de su actividad. Esta configuración se llama a veces ANobAG ficticio.

Empleador establecido en un tercer Estado

No está sometido a la obligación de cotizar. Él no debe ninguna cotización, y es usted quien se afilia, solo. Es el ANobAG real, el que más expone, porque hace caer también la previsión profesional obligatoria, como se verá en el capítulo 5.

⚠️ Lo que se juega detrás de esta distinción: no es una sutileza de juristas. Según la respuesta, usted está o no cubierto por un 2.º pilar obligatorio, su empleador sigue o no siendo legalmente deudor de las cotizaciones, y es él o es usted quien debe suscribir el seguro de accidentes. Antes que cualquier otra pregunta, determine pues dónde está establecido su empleador, no dónde tiene clientes, ni desde qué país se abona su salario.

3. ¿Cuánto paga realmente, y por qué el doble?

Porque soporta las dos partes, y lo dicen dos textos distintos. Para el seguro de desempleo, el folleto informativo oficial del seguro de vejez e invalidez no deja lugar a dudas: «Si el empleador no está obligado a pagar cotizaciones, corresponde al asalariado pagar la totalidad de la cotización de desempleo. Esta le es facturada por la caja de compensación al mismo tiempo que las cotizaciones de vejez, invalidez y pérdida de ganancia.» Para el seguro de vejez, es el artículo 6 de la ley federal del seguro de vejez y supervivencia el que pone la cotización íntegra — el 8,7 % del salario determinante — a cargo de la persona asegurada cuyo empleador no está obligado a cotizar, siguiendo la invalidez y la pérdida de ganancia la misma lógica.

La base federal

El total de vejez, invalidez, pérdida de ganancia y desempleo asciende al 12,8 % del salario anual hasta 148'200 francos. Por encima de ese techo solo siguen debiéndose los tres primeros seguros, por un 10,6 %: desde el 1 de enero de 2023 ya no se cobra ninguna cotización de desempleo sobre la parte que lo supera, y ese límite se aprecia por contrato de trabajo. En un empleo ordinario, la persona asalariada y el empleador pagan cada uno la mitad. Frente a la caja, es usted quien abona la totalidad; quién soporta la carga económica es otra cuestión, tratada en el capítulo 7.

Sobre un salario anual de CHF 120'000Asalariado ordinarioANobAG real (empleador de un tercer Estado)
Vejez, invalidez, pérdida de ganancia y desempleo6,4 % → CHF 7'68012,8 % → CHF 15'360
Gastos de administración de la caja (5 % de las cotizaciones de vejez, invalidez y pérdida de ganancia)CHF 636
Asignaciones familiares cantonales (ejemplo del cantón de Vaud, 2,62 %)CHF 3'144
Prestaciones complementarias para familias (ejemplo del cantón de Vaud, 0,18 %)CHF 216
Total a su cargoCHF 7'680CHF 19'356

Es decir, 11'676 francos de diferencia al año por el mismo salario bruto anunciado. Esa es la suma que hay que tener presente al negociar una remuneración: un salario «bruto» anunciado por un empleador extranjero no tiene el mismo contenido que un bruto suizo, y la diferencia no es marginal.

💡 Dos reservas sobre este cuadro: las cotizaciones cantonales — asignaciones familiares y prestaciones complementarias para familias — varían de un cantón a otro y según la caja, y la cotización a las prestaciones complementarias para familias solo se cobra en algunos cantones. El 2,62 % y el 0,18 % aquí retenidos son los de la caja cantonal de Vaud, y deben sustituirse por los tipos de su cantón. Los gastos de administración también varían según las cajas, dentro de un límite fijado por la ley. Pida la liquidación completa a su caja antes de presupuestar.

4. ¿Cómo afiliarse y con qué ritmo se paga?

La solicitud de afiliación se presenta ante la caja de compensación de su cantón de domicilio, por regla general mediante un formulario en línea. Le corresponde a usted tomar la iniciativa: nadie le inscribirá de oficio, y la falta de inscripción no suspende la deuda.

Pagos a cuenta trimestrales y después una liquidación definitiva

La caja factura pagos a cuenta trimestrales calculados sobre una estimación de su salario anual, comunicada a principios de año. La liquidación definitiva llega después, sobre la base del salario realmente percibido, y se salda con una factura complementaria o una devolución.

  • Una variación de ingresos de al menos el 25 % justifica pedir la adaptación de los pagos a cuenta, al alza igual que a la baja. No hacerlo es exponerse a una regularización dolorosa.
  • Un retraso en el pago genera un interés de demora del 5 % anual. El tipo es lo bastante alto como para no usar la caja como variable de tesorería.
  • Tres hechos deben comunicarse sin demora: el fin del contrato de trabajo, con los justificantes, un cambio de domicilio, un cambio de datos bancarios.

El ritmo trimestral es la verdadera dificultad práctica. Su salario llega todos los meses, a menudo en otra moneda; la caja, en cambio, reclama cuatro veces al año un importe en francos. Es un desfase de tesorería que hay que organizar, no un trámite.

5. ¿Está usted cubierto por el 2.º pilar?

No automáticamente, y esa es la consecuencia más pesada del estatuto. El folleto informativo oficial sobre la obligación de afiliarse a una institución de previsión sitúa explícitamente entre las personas no sometidas al seguro obligatorio a aquellas cuyo «empleador no está obligado a cotizar al seguro de vejez». Es precisamente la situación de un empleador establecido en un tercer Estado.

Lo que puede hacer en su lugar

El mismo folleto abre el seguro voluntario a las personas asalariadas cuyo empleador no está obligado a cotizar al seguro de vejez. La solicitud se presenta ante la institución supletoria o ante otra institución de previsión competente. Y añade una precisión raras veces advertida, aunque puede tener un valor económico directo:

«Como empleador de una persona asegurada a título voluntario, usted está obligado a contribuir a petición de esta, a partir de la fecha en que le haya comunicado su adhesión al seguro voluntario.»

Folleto informativo 6.06, Obligación de afiliarse a una institución de previsión conforme a la LPP, Centro de información del seguro de vejez e invalidez, situación a 1 de enero de 2025, traducido de la edición francesa

Dicho de otro modo: según su situación, adherirse a título voluntario y comunicárselo después a su empleador puede abrir una obligación de contribución a cargo de este. Eso sí, hay que comunicárselo: la obligación corre a partir de esa fecha, no con efecto retroactivo. Dos reservas se imponen, sin embargo: el folleto no cifra esa contribución y se dirige a empleadores sometidos al derecho suizo de la previsión. Su oponibilidad a una sociedad sin establecimiento en Suiza depende del contrato de trabajo y del derecho que le sea aplicable, algo que conviene hacer confirmar antes de contar con ello y, preferiblemente, inscribir en el contrato.

Cuando el empleador está establecido en la UE o en la AELC y, por tanto, sometido al seguro de vejez suizo, con las condiciones recordadas en el capítulo 2, la lógica se invierte: la previsión profesional vuelve a ser obligatoria en cuanto el salario anual supera los 22'680 francos, es decir, 1'890 francos al mes. El funcionamiento del 2.º pilar, sus umbrales y sus prestaciones se detallan en nuestra guía sobre la previsión profesional, y la articulación de los tres niveles en el sistema de los tres pilares.

6. ¿Quién le asegura en caso de accidente?

El seguro obligatorio de accidentes se aplica: la cuestión no es saber si está asegurado, sino quién firma el contrato. Y en ese punto el país del empleador vuelve a decidir.

Cuando el empleador está establecido en un Estado de la UE o de la AELC, con las condiciones recordadas en el capítulo 2, es él el responsable legal de concertar el seguro, pero puede delegar la suscripción en su asalariado. Cuando está establecido en un tercer Estado, el trámite le incumbe directamente a usted. La Suva precisa que el empleador sigue siendo legalmente responsable de las primas que no se abonan, incluso cuando es el asalariado quien ha suscrito el contrato: una precisión que protege, pero que no sustituye a un contrato efectivamente concertado.

El procedimiento cabe en dos tiempos: inscribirse primero en la caja de compensación y después presentarse con los documentos que esta expide ante la Suva o ante una aseguradora de accidentes autorizada. El orden importa, porque la aseguradora pide la prueba de la afiliación.

7. ¿Qué puede pedirle a su empleador?

Más de lo que parece, sobre todo si está establecido en la UE o en la AELC.

El acuerdo de liquidación

El artículo 21 del reglamento (CE) n.º 987/2009 permite al empleador y al asalariado convenir que sea el asalariado quien liquide las cotizaciones ante la caja de compensación en lugar del empleador. Es el mecanismo que hace practicable el montaje para una sociedad extranjera que no quiere abrir una estructura en Suiza. Atención a lo que desplaza exactamente: la carga administrativa, no la responsabilidad. El empleador sigue siendo legalmente deudor de las cotizaciones.

La parte del empleador, en cambio, se negocia

Es un punto que se resuelve en la contratación, no después. El derecho de la seguridad social designa al deudor de las cotizaciones; no dice quién debe, económicamente, soportar la carga entre usted y su empleador. Eso depende del contrato de trabajo. Nada impide convenir que el empleador abone, además del salario, un importe correspondiente a su parte: exactamente lo que pagaría si empleara a la misma persona en su propio país.

Presentado así, el argumento se refiere al coste del empleador y no al nivel de salario. Los 11'676 francos calculados en el capítulo 3 dan el orden de magnitud que hay que poner sobre la mesa.

La ley prevé además el mecanismo. El artículo 6 de la ley federal del seguro de vejez y supervivencia fija el tipo del 8,7 % a cargo de la persona asegurada, pero añade que si el empleador lo consiente, el tipo puede ser del 4,35 % para cada una de las partes. Dicho de otro modo, el reparto por mitades de la cotización de vejez está previsto por la propia ley; en la práctica, el empleador que lo acepta liquida como un empleador ordinario para el conjunto de los ramos. Es una cláusula que se pide, no un favor que se espera.

8. ¿Cuánto cuesta convertir un salario en euros?

Se convierte en una línea de presupuesto, porque el desfase es estructural: su salario llega cada mes en la moneda de su empleador, sus cotizaciones se deben cuatro veces al año en francos suizos, y su alquiler suizo vence todos los meses.

El orden de magnitud se plantea con sencillez. Sobre un salario equivalente a 120'000 francos al año, y suponiendo un punto y medio de diferencia entre el tipo interbancario y el tipo aplicado, la conversión costaría alrededor de 1'800 francos al año. Es más que los gastos de administración de la caja y más que muchas partidas que se vigilan de cerca. La cifra es una hipótesis de trabajo, no un tipo constatado: el margen realmente aplicado depende de cada entidad.

A ello se añade una restricción de calendario que el asalariado ordinario no conoce. Convertir sobre la marcha cada mes, o provisionar en francos para el vencimiento trimestral, no cuesta lo mismo según cómo evolucione el cambio. Recibir el salario en un IBAN suizo permite al menos elegir el momento en lugar de padecerlo.

ibani es un intermediario financiero ginebrino, no un banco, especializado en las transferencias entre la zona euro y Suiza, con un IBAN suizo nominativo: el salario llega, la conversión se hace en el momento elegido, y los pagos a cuenta trimestrales se abonan en francos sin conversión de última hora. El cambio del día se sigue en nuestro conversor CHF-EUR, y nuestra página servicio para particulares detalla el funcionamiento. Si acaba de llegar, nuestra lista de control para mudarse a Suiza cubre los trámites de las primeras semanas, y nuestra guía entender su nómina suiza muestra qué aspecto tienen estas mismas cotizaciones cuando es un empleador suizo el que las retiene en origen.

9. Preguntas frecuentes

Un ANobAG es una persona asalariada cuyo empleador no tiene ni sede ni establecimiento permanente en Suiza y, por tanto, no está afiliado aquí como empleador. Saber si sigue estando obligado a cotizar depende del país en el que está establecido, cuestión tratada más abajo. La abreviatura viene del alemán Arbeitnehmende ohne beitragspflichtigen Arbeitgeber. La categoría alcanza también a las personas empleadas por una embajada o un consulado extranjeros. Desde el punto de vista del derecho laboral usted sigue siendo asalariado: lo que le corresponde es liquidar y abonar las cotizaciones a la caja de compensación; según el país en el que esté establecido el empleador, la carga económica de las cotizaciones puede seguir el mismo camino.

La totalidad, es decir, el doble de la parte de un asalariado ordinario: eso es lo que le factura la caja de compensación, y el reparto económico con el empleador es otra cuestión. El total del seguro de vejez y supervivencia, del seguro de invalidez, del régimen de compensación por pérdida de ganancia y del seguro de desempleo asciende al 12,8 % del salario anual hasta 148'200 francos, y después al 10,6 % por encima de ese límite para los tres primeros seguros por sí solos. Un asalariado ordinario solo soporta la mitad, es decir, el 6,4 %, y su empleador paga la otra. Dos textos lo fundamentan: para el seguro de desempleo, el folleto informativo oficial 2.08 establece que, si el empleador no está obligado a pagar cotizaciones, corresponde al asalariado pagar la totalidad de la cotización de desempleo; para el seguro de vejez, el artículo 6 de la ley federal correspondiente pone a su cargo la cotización íntegra del 8,7 % del salario determinante. A ello se añaden los gastos de administración de la caja de compensación y las cotizaciones cantonales: asignaciones familiares y, según el cantón, prestaciones complementarias para familias.

No necesariamente. El folleto informativo oficial 6.06 sitúa entre las personas no sometidas al seguro obligatorio a aquellas cuyo empleador no está obligado a cotizar al seguro de vejez. Es exactamente el caso de un empleador establecido en un tercer Estado. El mismo folleto abre en cambio el seguro voluntario a estas personas: la solicitud se presenta ante la institución supletoria o ante otra institución de previsión. Según el derecho aplicable a su contrato, el empleador puede estar obligado a contribuir a petición del asegurado, a partir del día en que este se lo haya comunicado, un punto que conviene hacer confirmar e inscribir en el contrato de trabajo. Cuando el empleador está establecido en la UE o en la AELC y el asalariado es nacional suizo, de la UE o de la AELC, el empleador está sometido al seguro de vejez suizo y la previsión profesional vuelve a ser obligatoria a partir de 22'680 francos de salario anual.

Sí, el seguro obligatorio de accidentes se aplica. La cuestión es saber quién suscribe el contrato. Cuando el empleador está establecido en un Estado de la UE o de la AELC, con las condiciones de nacionalidad recordadas más arriba, es él el responsable legal, pero puede delegar la suscripción en su asalariado. Cuando está establecido en un tercer Estado, corresponde al asalariado ocuparse de ello. La Suva precisa que el empleador sigue siendo legalmente responsable de las primas no abonadas, incluso cuando es el asalariado quien ha suscrito el contrato. El trámite se hace en dos tiempos: inscribirse primero en la caja de compensación y después presentarse con los documentos ante la Suva o ante una aseguradora autorizada.

La solicitud de afiliación se presenta ante la caja de compensación del cantón de domicilio, por regla general en línea. La caja factura después pagos a cuenta trimestrales calculados sobre una estimación del salario anual. La liquidación definitiva llega más tarde, sobre la base del salario realmente percibido, y da lugar a una factura complementaria o a una devolución. Hay que comunicar sin demora el fin del contrato de trabajo, un cambio de domicilio o de datos bancarios. Un retraso en el pago genera un interés de demora del 5 % anual, y una variación de ingresos de al menos el 25 % justifica pedir la adaptación de los pagos a cuenta.

Decide casi todo. Un empleador establecido en la UE o en la AELC está sometido al derecho suizo de la seguridad social en virtud del reglamento (CE) n.º 883/2004, a condición de que el asalariado sea nacional suizo o de un Estado de la UE o de la AELC: las cotizaciones de vejez, invalidez, pérdida de ganancia, desempleo y asignaciones familiares se deben según las reglas aplicables a los empleadores, y la previsión profesional sigue el mismo camino. Un empleador establecido en un tercer Estado no está sometido a la obligación de cotizar: el asalariado se afilia solo, y la previsión profesional deja de ser obligatoria para pasar a ser voluntaria. El primer caso se llama a veces ANobAG ficticio, el segundo ANobAG real.

Sí, cuando está establecido en la UE o en la AELC y con las condiciones de nacionalidad recordadas más arriba. El artículo 21 del reglamento (CE) n.º 987/2009 permite al empleador y al asalariado convenir que sea el asalariado quien liquide las cotizaciones ante la caja de compensación en lugar del empleador. Ese acuerdo desplaza la carga administrativa, no la responsabilidad: el empleador sigue siendo legalmente deudor de las cotizaciones. El reparto económico de las partes depende en cambio del contrato de trabajo: nada impide convenir que el empleador abone, además del salario, el importe correspondiente a su parte.

Sí: cotizar al seguro de desempleo abre los mismos derechos que a cualquier otro asalariado, en las condiciones ordinarias. La cotización se cobra al mismo tiempo que las de vejez, invalidez y pérdida de ganancia, y se factura íntegramente al asalariado. Su tipo es del 2,2 % del salario anual determinante hasta 148'200 francos; desde el 1 de enero de 2023 ya no se cobra ninguna cotización sobre la parte del salario que supera ese importe, y ese límite se aprecia por contrato de trabajo. El derecho a las prestaciones obedece después a las condiciones ordinarias del seguro de desempleo, que conviene hacer confirmar por la propia caja antes de contar con ellas.
Advertencia: esta guía describe el derecho y los tipos vigentes a 22 de septiembre de 2026. Los techos, los tipos cantonales de asignaciones familiares y los gastos de administración de las cajas evolucionan, y cada situación depende del país de establecimiento del empleador, de la nacionalidad del asalariado, del cantón de domicilio y de los términos del contrato de trabajo. Esta información se facilita a título indicativo y no constituye ni asesoramiento jurídico, ni asesoramiento en materia de seguros, ni asesoramiento fiscal, ni una recomendación en materia de cambio de divisas. Haga confirmar su situación por la caja de compensación de su cantón, por su aseguradora de accidentes y por su institución de previsión antes de cualquier trámite.

Metodología y fuentes: los folletos informativos oficiales citados aquí se publican en francés, alemán e italiano; los pasajes reproducidos en esta guía son traducciones nuestras de la edición francesa. La regla según la cual el asalariado soporta la totalidad de la cotización de desempleo cuando el empleador no está obligado a cotizar, el tipo del 2,2 % del seguro de desempleo, el techo de 148'200 francos apreciado por contrato de trabajo, la supresión de la cotización por encima de ese techo desde el 1 de enero de 2023, así como los totales del 12,8 % y del 10,6 % y su reparto por mitades en un empleo ordinario, proceden del folleto informativo oficial 2.08 Cotizaciones al seguro de desempleo publicado por el Centro de información del seguro de vejez e invalidez, situación a 1 de enero de 2025, valores sin cambios a 1 de enero de 2026. La atribución a la persona asegurada de la cotización íntegra del 8,7 % del seguro de vejez cuando el empleador no está obligado a cotizar, así como la posibilidad de un reparto al 4,35 % para cada una de las partes si el empleador lo consiente, resultan del artículo 6 de la ley federal del seguro de vejez y supervivencia (RS 831.10). La exclusión del seguro obligatorio del 2.º pilar de las personas cuyo empleador no está obligado a cotizar al seguro de vejez, la apertura del seguro voluntario, el papel de la institución supletoria, la obligación de contribución del empleador a petición del asegurado y el umbral de 22'680 francos se citan del folleto informativo 6.06 Obligación de afiliarse a una institución de previsión conforme a la LPP, situación a 1 de enero de 2025. Las ediciones alemana e italiana del mismo folleto formulan esa condición sin mención de fecha. La distinción entre empleador establecido en la UE o en la AELC y empleador de un tercer Estado, el fundamento en el reglamento (CE) n.º 883/2004, el acuerdo de liquidación del artículo 21 del reglamento (CE) n.º 987/2009 y el mantenimiento de la responsabilidad legal del empleador se recogen de la caja de compensación Swissmem. El régimen del seguro de accidentes, el reparto de la responsabilidad de suscripción según el país del empleador y el procedimiento en dos etapas proceden de la página de la Suva dedicada a los ANobAG. Las modalidades prácticas de afiliación, la periodicidad trimestral de los pagos a cuenta, el interés de demora del 5 % anual, el umbral del 25 % de variación de ingresos y las obligaciones de comunicación los describe la Oficina cantonal de seguros sociales de Ginebra. Los tipos cantonales de asignaciones familiares y de prestaciones complementarias para familias, así como los gastos de administración calculados sobre las cotizaciones de vejez, invalidez y pérdida de ganancia, proceden de la Caja cantonal de compensación del seguro de vejez de Vaud, de donde se ha tomado el ejemplo cifrado. La diferencia de un punto y medio adoptada en el capítulo 8 es una hipótesis de trabajo y no un tipo constatado: sirve para dar un orden de magnitud, ya que el margen realmente aplicado depende de cada entidad.

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